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La entrada en domicilio del contribuyente por la administración tributaria

Fecha de inicio:
Dic 23, 2019
Fecha de finalización:
Dic 23, 2019
Ultima revisión:
Ene 14, 2020
Código:
-
Precio:
65.00 EUR
Lugar:
Videoconferencia en directo y diferido
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0
Facilitador:

Descripción

Horario: 17.00 a 20.00 horas, una hora menos en Canarias

 

Emisión: Videoconferencia en directo vía internet en cualquier dispositivo y se graba para volver a verla diferido. Es recomendable la conexión por cable a la red una mayor calidad de la conexión.

 

Ponente

Don César García Novoa

Catedrático de derecho financiero y tributario

Universidad de Santiago

 

Objetivo

Analizar las facultades de la administración tributaria para entrar en el domicilio en los distintos casos y los derechos del contribuyente que puede alcanzar a la nulidad de pleno derecho de las actuaciones de la administración. Además, analizar la reciente doctrina y jurisprudencia sobre la materia.

 

Programa 

  1. Las facultades de entrada en el domicilio. Inspección y recaudación 
  1. El artículo 18 de la Constitución española y la inviolabilidad del domicilio. Resumen de la postura del Tribunal Constitucional 
  1. El domicilio constitucionalmente protegido de las personas físicas 
  1. La autorización judicial. Órgano competente, requisitos y ámbito. Principios de principios de proporcionalidad, ponderación y subsidiariedad. Jurisprudencia reciente del Tribunal Constitucional 
  1. El consentimiento. Personas competentes para prestarlo. Exigencia de que sea expreso e informado. Posibilidad de que sea parcial y de revocación. Requisitos constitucionales 
  1. Entrada en dependencias que no constituyen domicilio constitucionalmente protegido de las personas físicas. Especial referencia a la entrada fuera de horas de atención al público 
  1. La entrada en el domicilio y las pruebas a utilizar en un delito contra la Hacienda Pública 
  1. La entrada en el domicilio de las personas jurídicas. Evolución jurisprudencial. El criterio del Tribunal Supremo con la sentencia de 24 de abril de 2010 
  1. ¿Qué puede entenderse por lugares donde se ejerza la habitual dirección y administración de la sociedad, bien porque sirvan de custodia de documentos u otros soportes de la vida diaria de la sociedad? Algunos ejemplos

  2. La especial situación de personas físicas que ejercen una actividad empresarial o profesional. El problema de la colisión con las normas sobre protección de datos

  3. Consecuencias de la entrada irregular en el domicilio. Los supuestos de nulidad de pleno derecho. Consecuencias

  4. Aplicación de la doctrina del fruto del árbol envenenado. Teorías defendidas por la jurisprudencia para salvar la validez de las pruebas: la desconexión causal y el hallazgo inminente

  5. La entrada en el domicilio para realizar embargos. Algunas puntualizaciones

  6. Conclusiones

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